MODULLO 11: EJEMPLO FICTICIO – CASO DE PRÁCTICA RATT DOMINICANA

“Caso ficticio utilizado para la capacitación de agentes de la RATT Dominicana, que describe un proceso preliminar de verificación, coordinación interinstitucional y aplicación de protocolos éticos y legales en la atención de posibles situaciones de vulneración de derechos.”

Informe Conjunto Breve
Dirigido a: Policía Nacional – Ministerio Público – CONANI
Clasificación: Uso Exclusivo de Capacitación
Fecha: __________________

1. Antecedentes del Caso (FICTICIO)

El 12 de agosto de 2025, la RATT Dominicana recibió una notificación anónima a través de un canal institucional indicando que, en un comercio informal ubicado en el sector “Villa Nueva” (localidad ficticia), podrían estar empleándose a dos adolescentes en condiciones laborales no especificadas.
La notificación no proporcionaba nombres, solo referencias generales del lugar y horarios.

La alerta fue registrada bajo el código interno RATT–PRAC–2025–014 (ficticio).

2. Verificación Inicial de la Información

Durante la verificación preliminar se llevaron a cabo las siguientes acciones (todas ficticias):

  • Se realizaron dos visitas de observación externa, sin intervención directa, con el fin de confirmar la existencia del comercio y evaluar si había indicios visibles de presencia de menores.
  • Se identificó el establecimiento como una tienda de reparación de celulares denominada “TecnoServicio Villa Nueva” (nombre ficticio).
  • En dos ocasiones se observó la presencia de personas jóvenes de apariencia adolescente, realizando tareas menores (entregar equipos a clientes).

Evidencia verificada (ficticia):

  • Fotografías del exterior del local (sin personas).
  • Registro de horarios de actividad del comercio.
  • Notas descriptivas de observación.

No se registraron elementos que confirmaran coacción, explotación u otra condición irregular, por lo que la situación se mantiene como indicio preliminar.

3. Coordinación Interinstitucional

3.1 Comunicaciones Formales

Se realizaron notificaciones iniciales a:

  • Policía Nacional (Departamento de Protección a Personas Vulnerables).
  • Ministerio Público (Unidad de Atención a Víctimas).
  • CONANI (Dirección de Protección, por posible presencia de adolescentes).

Cada comunicación fue registrada con:

  • Fecha
  • Servidor público contactado
  • Motivo
  • Medio utilizado (oficio / correo institucional)

(Todos los datos en esta sección son parte del ejercicio.)

3.2 Transferencia Segura de Información

Se compartió únicamente:

  • Bitácora de observación externa
  • Descripción del establecimiento
  • Elementos verificados sin datos personales

Canal de entrega: carpeta cifrada en servidor institucional (simulado para el ejercicio).

3.3 Solicitudes y Respuestas Institucionales

  • Policía Nacional indicó que programaría una visita de verificación junto a un agente especializado.
  • Ministerio Público solicitó mantener actualizado el registro de observaciones.
  • CONANI informó que evaluará la pertinencia de una intervención de orientación si se confirma la presencia de adolescentes en actividades laborales no adecuadas.

4. Principios Éticos y Legales Aplicados

A lo largo del ejercicio se observaron:

  • Protección absoluta de la identidad de posibles menores.
  • No intervención directa sin instrucciones de autoridades competentes.
  • Confidencialidad y resguardo de datos.
  • Registro claro y objetivo, sin juicios ni conclusiones anticipadas.

5. Recomendaciones para Continuidad (FICTICIAS)

  1. Mantener vigilancia externa no intrusiva por 48 horas adicionales.
  2. Esperar la programación de la verificación conjunta por parte de la Policía Nacional.
  3. Preparar un acta de reunión interinstitucional si alguna entidad lo solicita.
  4. Actualizar el expediente con cualquier cambio observable.

6. Anexos (FICTICIOS)

  • Anexo A: Bitácora de observación externa
  • Anexo B: Registro de comunicaciones interinstitucionales
  • Anexo C: Fotografías del exterior del local